Alcoa debe ofrecer la reinstalación a los trabajadores despedidos injustificadamente en el año 2002 y que así lo deseen
Alcoa debe dar garantías de que va a respetar verdaderamente la decisión de sus trabajadores respecto a la sindicalización , y comprometerse públicamente a no tomar represalias contra ningún trabajador(a) que elija apoyar un sindicato independiente en Piedras Negras y Ciudad Acuña. En Piedras Negras este compromiso debe incluir el abstenerse de utlizar la cláusula de exclusión y el permanecer neutral en cualquier conflicto antisindical.
Alcoa, haciendo honor a sus Valores y Principios que incluyen el respeto a la libertad de asociación, debe informar con la mayor transparencia al gobierno de México y a la OIT de las conductas antisindicales en que incurrieron anteriores gerentes de la compañía, y las medidas que ha tomado para garantizar hoy y en lo sucesivo que Alcoa va a “abstenerse de toda presión o amenaza sobre los trabajadores que ejercen actividades sindicales”, según recuerda la OIT en su informe sobre el Caso 2393, refiriéndose al principio contenido en el artículo 2 del Convenio núm. 98.
Establecimiento inmediato de mecanismos de diálogo y trabajo, en particular en Ciudad Acuña, donde los trabajadores puedan abordar temas y problemas con la gerencia local . Alcoa debe respetar, reconocer y entablar una relación de trabajo con las interlocuciones legítimas locales de los trabajadores en sus plantas de Ciudad Acuña, y desarrollar mecanismos de diálogo, búsqueda de consensos y resolución de asuntos.